CONDENAN A PRESIDIO PERPETUO SIMPLE A MUJER QUE DIO MUERTE A SUS DOS HIJOS EN PAILLACO

Fiscales Marcelo Leal y Alejandro Ríos

La segunda sala del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia acogió los argumentos presentados por los fiscales Marcelo Leal y Alejandro Ríos durante el juicio en contra de María Nathaly Barahona, sentenciándola por el delito de parricidio reiterado. La pena es la misma que impuso otra sala del tribunal en el primer juicio.

28/07/2010
Por unanimidad, la segunda sala del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia condenó hoy a María Nathaly Barahona Riveros (25) a cumplir una pena de presidio perpetuo simple por el delito de parricidio reiterado, hecho perpetrado en agosto de 2008 en contra de  sus hijos Daniela Alejandra y Rodrigo Esteban Vidal Barahona, de uno y tres años de edad, respectivamente.

La pena de presidio perpetuo simple implica que el condenado debe cumplir al menos 20 años de presidio efectivo antes de poder optar a un beneficio penitenciario. Esta pena es la misma que había sido impuesta por la primera sala del tribunal en el primer juicio oral de esta causa, que el 25 de mayo de este año fue anulado por la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Durante el segundo  juicio oral, que se realizó entre el lunes 19 y el viernes 23 de julio, los fiscales de Paillaco, Marcelo Leal, y de San José de la Mariquina, Alejandro Ríos, presentaron las pruebas reunidas durante la etapa de investigación, con las que lograron acreditar que la acusada fue la responsable de dar muerte a sus dos hijos.

Asimismo, el tribunal condenó a María Nathaly Barahona a 61 días de presidio por el delito de lesiones menos graves en contra de su esposo, las que le causó durante una discusión que se produjo horas antes de dar muerte a sus hijos.

Los hechos por los cuales la Fiscalía de Paillaco acusó a María Nathaly Barahona se registraron los días 8 y 9 de agosto del año 2008.

El 8 de agosto, alrededor de las 16:00 horas, el marido de la acusada concurrió hasta la vivienda que ella ocupaba junto a sus hijos, ubicado en pasaje Enrique Luer, en la comuna de Paillaco. A consecuencia de problemas conyugales que los mantenían separados de hecho, se produjo en el interior del inmueble una discusión, donde la acusada agredió a su cónyuge causándole una contusión en la mano derecha y una herida contusa compatible con mordedura humana en el antebrazo izquierdo, de carácter leve.

Por estos hechos, la acusada fue trasladada al hospital y luego a dependencias de Carabineros, por lo que tuvo que dejar a sus hijos al cuidado de una vecina. Cerca de las 19:00 horas, cuando fue puesta en libertad, concurrió a buscarlos y los trasladó hasta su casa, donde alrededor de la medianoche y principios de la  madrugada del 9 de agosto, les provocó la muerte en un dormitorio donde los niños se encontraban acostados, asfixiándolos con un elemento blando. La causa de muerte de ambos menores fue asfixia por sofocación.

El veredicto condenatorio fue dictado por la segunda sala del tribunal, presidida por la juez Gloria Sepúlveda e integrada por el juez titular Germán Olmedo y el juez subrogante Andrés Villagra.

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